BASES:
www.bilbao.eus/concursoaresti
www.bilbao.eus/arestilehiaketa, en euskera.
La autora o autor deberá:
– rellenar correctamente el formulario con sus datos;
– y adjuntar la obra en formato PDF, sin que conste su identidad, ni ninguna referencia explícita a datos de los que pueda deducirse claramente la autoría, en ninguna de las páginas de dicho documento.
ESPECIFICACIONES PARA PODER REALIZAR LOS PAGOS A LAS PERSONAS GANADORAS:
Las personas que obtengan el premio, si tienen residencia fiscal en territorio del Estado español, deberán aportar, con carácter previo a la concesión, la siguiente documentación:
a) La autorización expresa al Ayuntamiento de Bilbao para que compruebe que la entidad no tiene deudas con este ayuntamiento, así como a comprobar si está al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (en caso contrario, deberá aportar en papel los certificados de Hacienda Foral y de la Tesorería General de la Seguridad Social). (según modelo que se les facilitara).
b) Una “Declaración responsable” de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres (según modelo que se les facilitara).
c) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” (según modelo que se les facilitará) a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.
En el caso de que la persona que obtuviera el premio tuviera residencia fiscal en el extranjero, deberá aportar, en vez de la autorización requerida en el apartado a), el “certificado de residencia fiscal” emitido por la autoridad competente de su país de residencia.
Las personas que obtengan un accésit, si tienen residencia fiscal en territorio del Estado español, deberán aportar:
a) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la ley 4/2005 para la igualdad de mujeres y hombres; así como que cumple con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social exigidos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Según modelo que se les facilitará).
b) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” (según modelo que se les facilitará) a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.
En el caso de que la persona que obtuviera el accésit tuviera residencia fiscal en el extranjero, deberá aportar:
a) El certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.
b) La declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la ley 4/2005 para la igualdad de mujeres y hombres. (Según modelo que se les facilitará).
c) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” (según modelo que se les facilitará) a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.
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