La Consejería de Cultura convoca la edición de 2022 del Cabildo de Gran Canaria, a través de la Casa de Colón, del “PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIERA Y CLAVIJO DE HUMANIDADES”, que se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 88/2006, de 21 de julio de 2006; por lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de fecha 26 de diciembre de 2008); las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2022 (BOP de Las Palmas nº 14, de fecha 2 de febrero de 2022); el Reglamento Orgánico del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 148, de fecha 9 de diciembre normativa que le sea de aplicación, de acuerdo con las siguientes
BASES
PRIMERA.- PARTICIPACIÓN
Podrá concursar en la presente convocatoria al “PREMIO DE INVESTIGACIÓN VIERA Y CLAVIJO DE HUMANIDADES” cualquier persona mayor de edad, independientemente de su nacionalidad, procedencia o lugar de residencia, que no haya obtenido este mismo premio-accésit incluidos– en convocatorias anteriores por parte del Cabildo de Gran Canaria.
SEGUNDA.- TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN
Cada participante podrá presentar un solo trabajo de investigación, escrito en español, original, englobado en las áreas de humanidades y relacionado con las Islas Canarias, con una extensión máxima de doscientas cincuenta (250) páginas, que no haya sido galardonada en ningún otro concurso o certamen. A estos efectos, el/la partícipe suscribirá la declaración responsable que figura en el Anexo II de estas Bases acreditando que el trabajo presentado es original, que no ha obtenido otro premio o galardón y que no tiene cedido sus derechos.
La participación en este concurso supone que la autoría y propiedad de los trabajos presentados corresponde exclusivamente a el/la participante y, en consecuencia, el Cabildo de Gran Canaria no se hará responsable de las posibles denuncias por plagio o eventualidad similar que pudieran surgir, recayendo en el/la participante afectado/a las acciones legales que procedan y asumiendo, en su caso, las indemnizaciones que pudieran corresponder por los perjuicios ocasionados a esta Corporación o a terceros/as.
TERCERA.- PREMIOS
Se establece un PREMIO ÚNICO con una dotación económica de siete mil euros (7.000,00 €), más la publicación de dicho trabajo de investigación por la Casa de Colón y el Departamento de Ediciones del Cabildo de Gran Canaria.
El Jurado podrá otorgar, en su caso, un ACCÉSIT con una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 €) y sin que ello implique su publicación por parte del Cabildo de Gran Canaria.
El premio y, en su caso, el accésit estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre dichas dotaciones económicas las retenciones legalmente establecidas.
El premio y el accésit podrán ser declarados DESIERTOS si el Jurado considera que ninguno de los trabajos de investigación presentados reúne los requisitos mínimos de calidad exigidos para su concesión.
En todo caso, para obtener la condición de beneficiario/a, el/la participante que resulte premiado/a deberá haber cumplimentado la Declaración Responsable del Anexo II de estas Bases manifestando no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (publicada en el BOP de Las Palmas nº 166, de fecha 26 de diciembre de 2008); y en el apartado 5º de la Base 28 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2022 (publicadas en el BOP de Las Palmas nº 14, de fecha 2 de febrero de 2022); así como certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones normativas vigentes.
Una vez otorgado el premio y, en su caso, el accésit la comprobación de datos no ajustados a la realidad comportará el reintegro del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir el/la beneficiario/a.
El régimen de incompatibilidad con otros premios de la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, se regirá por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo. En particular, el/la autor/a del trabajo de investigación propuesto para el premio vendrá obligada a comunicar a la Casa de Colón, la obtención de cualquier otro premio tan pronto sea conocedor/a de tal circunstancia, conforme previene el apartado 1.d) del artículo 14 de la LGS, constituyendo, de otro modo, la infracción grave prevista en el apartado a) del artículo 57 de la LGS).
CUARTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de admisión de originales finalizará a los sesenta (60) días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
QUINTA.- FORMA DE PRESENTACIÓN
El trabajo de investigación -que, en todo caso, tendrá formato electrónico tipo PDF- junto con el resto de la documentación necesaria para participar en la presente convocatoria, se presentará a través de cualquiera de las vías que se detallan a continuación.
1) A través de la SEDE ELECTRÓNICA
Se accederá a la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com), debiendo seleccionar, dentro de la categoría de “Trámites” – “Catálogo de Trámites Electrónicos”, el procedimiento “Premio de Investigación Viera y Clavijo de Humanidades 2022” procediendo, a continuación, de la forma en que sigue:
2) De forma PRESENCIAL
Si se opta por la vía presencial, deberá presentarse la documentación que se enumera a continuación en cualquiera de los lugares que, a estos efectos, detalla la BASE SEXTA:
Si el/la interesado/a opta por presentar los Anexos I, II y III en formato electrónico en el mismo soporte informático que incluya el trabajo de investigación (CD–Rom o Pen Drive) –no en formato papel con firma manuscrita–, los citados Anexos I, II y III deberán estar firmados electrónicamente.
La presentación a través del correo electrónico o en cualquier otra forma distinta de las especificadas en esta Base Quinta, supondrá la EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA de la solicitud de participación en el presente procedimiento.
El Servicio de Museos entregará única y exclusivamente a los/as miembros del Jurado aquellos trabajos de investigación que, cumpliendo los requisitos de estas Bases, participen en la presente convocatoria, de forma tal que las solicitudes de participación y demás Anexos quedarán bajo la custodia del citado Servicio de Museos con la finalidad de preservar el anonimato de los trabajos de investigación hasta el fallo del Jurado.
SEXTA.- LUGAR DE PRESENTACIÓN
Dependiendo de la vía de presentación por la que se opte (conforme a lo señalado en la Base Quinta anterior), la documentación se podrá presentar en los lugares siguientes:
Más información en el enlace: https://sede.grancanaria.com/preguntas-frecuentes
OBSERVACIONES:
Premio de Investigación Viera y Clavijo de Humanidades 2022
Registro General del Cabildo de Gran Canaria.
Calle Bravo Murillo, número 23.
Código postal 35003, Las Palmas de Gran Canaria, España
Si no se realiza esta notificación del envío, o se realiza fuera del plazo de admisión, se le tendrá por DESISTIDO de su solicitud.
SÉPTIMA.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. RECURSOS
Será competente para tramitar la instrucción de la presente convocatoria la persona titular de la Jefatura del Servicio de Museos del Cabildo de Gran Canaria, o persona en quien aquella delegue.
La resolución del procedimiento que, en todo caso, se basará en el fallo del Jurado, será dictada por la persona titular de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria, en virtud de la delegación efectuada por el Consejo de Gobierno Insular en sesión del 31 de julio de 2019, e incorporará la adjudicación del premio y, en su caso, el accésits, así como la desestimación del resto de solicitudes o, de otro modo, declarará que la convocatoria resulta desierta.
Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa (art. 63.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la referida publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
OCTAVA.- EL JURADO: COMPOSICIÓN Y FALLO; PUBLICACIÓN.
El Jurado, que estará integrado por reconocidas personalidades de las humanidades, será nombrado por la persona titular de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria, a propuesta de la Directora de la Casa de Colón.
Su composición, que en todo caso respetará el principio de presencia equilibrada que señala el artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, contará con un mínimo de tres miembros que se corresponderán con los cargos de Presidente/a y, al menos, dos vocales. Si finalmente se dotara de un número par de miembros, su Presidente/a tendrá voto de calidad para deshacer los posibles empates.
No podrán ser miembros del Jurado quienes ya lo hubiesen sido en la última edición del presente galardón, a excepción del Secretario/a, quien salvará la limitación anterior al no reunir la facultad de votar el fallo y que vendrá ocupado por el Director de la Casa de Colón.
La composición concreta del Jurado se anunciará en la misma resolución que recoja el fallo del premio, reuniendo los mismos requisitos de publicidad.
El FALLO del Jurado otorgando el premio y, en su caso, el accésit o, de otro modo, declarando desierto el concurso, se adoptará por mayoría de votos, será inapelable y se hará público a lo largo del año en curso de la publicación de la convocatoria, a través de las webs corporativas https://cabildo.grancanaria.com y http://www.casadecolon.com
NOVENA.- DERECHOS
El/la autor/a cuyo trabajo de investigación resulte premiado cederá sus derechos de publicación de la primera edición al Cabildo de Gran Canaria, que se considerarán satisfechos con el importe del premio, de las que recibirá veinticinco (25) ejemplares una vez haya sido publicado.
El original premiado, así como el accésit si lo hubiera, quedarán en propiedad del Cabildo de Gran Canaria quien procurará la máxima difusión del trabajo galardonado, en tanto que el/la autor/a del mismo prestará su colaboración para todo lo relacionado con la promoción de la publicación.
La aceptación del premio por el/la creador/a del trabajo ganador conlleva la suscripción del oportuno contrato según los términos expuestos en estas Bases y en la legislación de Propiedad Intelectual española, sin perjuicio de cuantos contratos y documentos sean necesarios suscribir para la protección de los derechos de explotación cedidos a favor de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria que se han especificado en la presente Base.
DÉCIMA.- DESTINO DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN NO PREMIADOS
Emitido el fallo del Jurado, y firme que sea la resolución que lo contenga declarando la finalización del procedimiento, los trabajos de investigación no premiados serán eliminados y los soportes informáticos que las contengan destruidos.
DÉCIMO PRIMERA.- INFORMACIÓN
Los/as interesados/as en la presente convocatoria podrán dirigir las dudas o consultas que sobre estas Bases requieran de aclaración a través del correo electrónico [email protected]
DÉCIMO SEGUNDA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de las presentes Bases. Cualquier cuestión no prevista en las mismas será resuelta por la titular de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.
DÉCIMO TERCERA.- CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
A los efectos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y de Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa a los/as participantes que sus datos podrán ser tratados por Cabildo de Gran Canaria en los siguientes términos:
2) Datos que trataremos:
3) Finalidades del tratamiento:
1º. Gestionar el sorteo y el concurso asociados a la promoción, difundir y dar publicidad a sus respectivos resultados.
2º. Tramitar la entrega de premio.
3º. Y, en su caso, aplicación. cumplir las obligaciones fiscales que puedan resultar de aplicación.
6) Conservación:
7) Derechos:
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