¿Es necesario registrar mi obra en el Registro de la Propiedad Intelectual?

por Tregolam en Tregolam
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Registro de la Propiedad Intelectual

Una de las preguntas que se suceden en la editorial con mayor frecuencia, a la hora de recibir trabajos de corrección de textos, edición y naturalmente para publicar un libro, es si el manuscrito en cuestión debe o no estar registrado en el Registro de la Propiedad perteneciente a los distintos Ministerios de Cultura de cada país (en España, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte).

De modo que en este artículo vamos desgranar, miga a miga, el tema de cómo proteger nuestra obra y hasta qué punto hace falta.

¿Hace falta registrar una obra en el registro de la propiedad intelectual?

La primera respuesta sería: depende para qué. Por norma general, entendemos que el  panorama literario serio, y con esto me refiero a concursos literarios prestigiosos, empresas de corrección reconocidas o editoriales con años en el mercado, van a cuidar tu obra y respetar tu derecho a la propiedad.

Sin ir más lejos, una empresa seria (sea editorial o de servicios editoriales), tiene la obligación legal de respetar el derecho de autor (recogida en la Ley Orgánica de Protección de Datos, que casi todos los países tienen) de no difundir, reproducir o copiar el contenido de terceros. Según esta ley, tienen la obligación de destruir toda copia, sea digital o impresa, una vez entregado el trabajo a su dueño original.

Para esto, la empresa debe recoger el cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE), donde cada trabajador con acceso a dichos documentos debe estar dado de alta en este registro.

Todo eso está muy bien, pero no siempre quienes acceden a nuestros trabajos son tan responsables y honestos como uno cree. Ello nos conduce a una conclusión obvia: no es obligatorio registrarla, pero nunca está de más hacerlo.

 

¿Cuándo registrar mi obra?

Esta es una de las preguntas fundamentales. Parece una tontería: la escribo y la registro. No tan rápido. Recuerda que el registro de la obra es un proceso telemático y manual, es decir: se aborda la obra en su totalidad.En este sentido, cualquier cambio puede alterar su titularidad, por tanto, no tiene ningún sentido realizar un registro de la propiedad de tu manuscrito cuando, luego, lo envías a un profesional para que haga una corrección ortotipográfica, o un informe literario

¿Y si, una vez entregada la obra corregida, el corrector propone algunos cambios sustanciosos en el contenido y la estructura? ¿Y si, luego de hablar con el editor profesional que se encargó de realizar un informe literario te comenta que necesita más trabajo de tu parte?

 

Por ello, nosotros recomendamos que el Registro de la Propiedad Intelectual se aborde una vez que estás convencido de que tu obra está concluida y corregida.

 

¿Cómo registrar una obra?

En primer lugar, debes dirigirte a la web del Ministerio de Cultura siempre y cuando tengas el certificado digital para hacer este tipo de trámites por ventanilla electrónica; de otro modo, tendrás que ir personalmente. Puedes ir a cualquier Registro Territorial o en sus Oficinas Delegadas, si las tuviere, o en las Oficinas Provinciales del Registro Central.

 

¿Qué clase de textos se puedo registrar?

La ley de propiedad intelectual cambia constantemente, en parte, por las nuevas tecnologías y por el avance de nuevas formas de propiedad intelectual, pero fundamentalmente son:

  • Cuento (o antologías).
  • Novela.
  • Obra de teatro.
  • Guiones.
  • Ensayos.
  • Tesis

 

Registrar obra literaria

  1. El texto a registrar (novela, cuentos, poemas, guion, etc.)
  2. Justificante de pagado de tasas (Sí, el Registro de la Propiedad Intelectual hay que pagarlo).
  3. Un ejemplar impreso de la obra en cuestión. Dicho documento debe estar, encuadernado o anillado y firmado en la primera y la última página. En la portada (primera página) debes colocar el título de la obra y el nombre completo del autor.
  4. Impreso del documento 1A para autores (puedes descargarlo aquí). Naturalmente, debes rellenarlo con los datos que te pide. Recuerda que solo debes completar tus datos personales, nada más, y especificar si eres autor de una parte (y especificar de cuál) o de toda la obra (también debes aclararlo). Lo normal es que seas el autor de toda la obra.
  5. No olvides una fotocopia de tu DNI, siempre a mano en cualquiera de estos trámites.
  6. El impreso de obra literaria (puedes descargarlo aquí) debidamente completado. Es como el A1: muy sencillo.

 

¿Y luego qué ocurre?

Tu obra, debidamente entregada con todos los papeles y documentos, entra en una etapa de revisión para garantizar los derechos de propiedad intelectual. No olvides que, al entregar dicha documentación, en el Registro de la Propiedad Intelectual, te darán un resguardo con un número de registro provisional, el cual debes guardar debidamente.

Dicho número provisorio, sin embargo, tiene validez como registro si tienes que entregar tu obra a una editorial, como comentábamos antes.

Fundamentalmente lo que se realiza a continuación es cotejar que la obra, en su totalidad o en parte para saber que no la has copiado o plagiado y que, verdaderamente, es una obra original y de tu creación. Este proceso no es rápido, puede durar hasta cuatro meses, hasta que te den tu número definitivo.

 

En caso de que hubiese algún problema o alguna duda, te llamarían por teléfono para solucionarlo.

 

Registrar un documento fuera de España

Lo más conveniente, en caso de realizar un registro internacional, es usar SafeCreative.

Debes saber que, uno de los inconvenientes de registrar una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual es que todo se limita al ámbito nacional del país donde está registrada la obra.

Y eso, por desgracia, no alcanza. Con la intención de cubrir ese hueco “internacional” nació, hace algunos años, SafeCreative. Esta organización brinda un registro de cobertura internacional. En SafeCreative podemos registrar nuestras obras de forma gratuita (aunque, si deseamos ampliar la seguridad podemos contratar servicios de pago adicionales).

 

Hay que reconocer que Safe Creative es muy muy sencillo: basta con crear una cuenta en su web, pulsar el botón “Registrar mi obra” y luego ir siguiendo, paso a paso, las pantallas que nos van apareciendo. Una vez completado este proceso, la plataforma generan un número de registro y un enlace que podrás usar para proteger tu obra.

 

¿Cuáles son los beneficios de usar SafeCreative?

Sobre todo dos: la rapidez y la sencillez, dos aliados indiscutibles para no morir en el intento con este tipo de trámites. Además, SafeCreative no es incompatible con el Registro de la Propiedad sino que, de alguna forma, se complementan (puedes registrar tu obra con ambos métodos) y actualizar el trámite (en caso de que se modifique la obra, como comentábamos arriba) es mucho más sencillo actualizarla.

 

¿Qué documentos hacen falta para registrar mi obra en SafeCreative?

Infinitamente menos que hacerlo por el Ministerio de Cultura de cada país. Simplemente, entregas un ejemplar de tu obra en formato digital y luego una serie de campos con información personal y sobre tu obra.

 

Como en todos los trámites telemáticos (y este no es una excepción) ayuda mucho contar con un certificado digital para asociarlo a tu cuenta.

 

 

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Comentarios (16)

  • HUGOLINA G. FINCK Y PASTRANA says:

    BUEN DÍA: ¿Cuánto me cuesta registrar mi obra en Safecreative? Hago la pregunta porque siempre estoy muy corta de dinero. Gracias por sus informes y por su paciencia conmigo.

    • ISIDRO MORENO CARRASCOSA says:

      Según se dice:

      En SafeCreative podemos registrar nuestras obras de forma gratuita (aunque, si deseamos ampliar la seguridad podemos contratar servicios de pago adicionales).

      • Tregolam says:

        Hola Isidro
        Ojo que que SafeCreative no es un ente Público, sino una empresa privada. Por tanto las condiciones son distintas.
        Saludos

      • Rosa says:

        ¿Cuál es la cobertura legal internacional ante plagio brindada por SafeCreative?

  • Anlui Serrano says:

    Me gustaría registrar mi obra ya publicada en Amazon. Saber costos aproximado, el anterior no lo publique Yo.
    Ahora deseo publicar el mismo libro contenido en Ingles, esta traducido mas no corregido para publicar, me gustaría oír sus consejos, el libro en español lo está comercializando en Amazon desde hace poco tiempo, me gustaría asesorarme , envío mi correo

  • Alicia says:

    Buenas tardes!
    Quisiera saber…que pasaría si publico una obra y esta registrada…Pero no quiero solicitar
    el ISBN. He leído en un apartado de estás páginas…que desde el año 2009 dejó de ser obligatorio hacer dicha solicitud. Me pueden responder a esto por favor!
    Gracias!
    Reciban un cordial y afectuoso saludo.

    • Tregolam says:

      Técnicamente no hace falta ISBN para publicar un libro (que solo es un sistema de catalogación, NO TIENE NADA QUE VER CON LOS DERECHOS O PROTECCIÓN DE UNA OBRA), el problema es que las tiendas te lo piden. Por tanto, si deseas distribuirlo en tiendas, sí lo necesitas.
      Saludos

  • OMAR GARCIA says:

    ¡Hola! Espero que estén teniendo una linda tarde.

    Soy de México. Hace poco terminé una novela y la registre ante el Indautor de mi país. La publiqué en un sitio web y he notado que hay escenas que han quedado con ciertas partes incoherentes. Mi propósito era cooregir dichas partes y buscar el modo de publicarla profesionalmente. Pero me surgen dos preguntas:

    ¿Si llego a corregirla, necesito volver a registrarla?
    En el artículo leí que Safecreative es compatible con otros sistemas de registro. ¿Es posible que aunque la haya registrado en Indautor, pueda registrar la obra corregida en éste sitio sin problemas? Mil gracias por su atención

    • Tregolam says:

      Hola
      Una obra solo se registra una vez corregida y cuando ya no se vuelve a tocar. De otro modo no hay que volver a actualziar el fichero de registro. Safecreative no es oficial.
      Saludos

  • luis eduardo soto says:

    hola, buenos dias, tengo una pregunta, quiero registrar mi libro pero toda la información la baje de internet, la pregunta a qui es, puedo registrar mi libro? unos me dicen que no que tengo que pedir permiso a cada una de as paginas para poder publicarlo.

    es verdad?

    • Tregolam says:

      Hola Luis
      Depende el tipo de obra, no aclarás ese aspecto. Si es una obra de divulgación y bajaste contenidos de internet deben estar adebidamente mencionado en el libro conforme el sistema de citas o notas bibliográficas.
      Si es una obra en narrativa mientras que no copies el texto textual, a lo que se considera plagio, y cites la fuente no hay problema.

      Si has bajado textos sin derechos no pasaría nada. Si el contenido está sujeto a derechos de reproducción, debes contactar con el creador y pedir permiso o pagar los derechos.

      En sintesis: todo contenido creado por otro es de otro. Todo contenido académico (wikipedia, por ejemplo), es de uso público siempre y cuando se cite.
      Saludos

  • Señor Anónimo Paranoico says:

    No me queda claro, así que probablemente me haya enterado mal.
    ¿Por qué no se puede registrar una obra dos veces? Es decir; escribirla, registrarla, enviarla para una corrección externa y una vez satisfecho, volverla a registrar. Además de costes monetarios y de tiempo, ¿qué inconveniente hay? ¿Cómo afecta a la titularidad de la obra? ¿No se tendrían dos versiones de una misma obra, pero igualmente válidas?
    Me imagino que antes de enviarla para corregir, hará falta una especie de «confianza» entre el escritor y el corrector (vamos, no enviar el manuscrito al primer correo que uno se encuentre por la red), así que preguntando desde la ignorancia, ¿no sería más seguro para el escritor tener una «base legal» para prevenir el temido plagio?
    Un saludo y gracias de antemano por responder.

    • Tregolam says:

      -Si su pregunta es sobre proteger una obra a la hora de mandarla a una empresa de corrección, le sugerimos que contrate a una empresa seria, y de esa forma no hace falta registrar nada antes de corregirla, puesto que están obligadas a cumplir la Ley de Protección de Datos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), por lo menos en España, y protege cualquier contenido de terceros. La única base legal que lo protege de este tipo de cosas son las empresas serias, como Tregolam. Ningún contrato le garantiza nada.

      -Nadie dijo que no se puede registrar una obra dos veces pero nadie quiere ni necesita hacer ese trámite dos veces.

      Saludos cordiales

      • S.A.P says:

        Muchas gracias por responder (y tan rápido además). Ha quedado claro y sólo haceros saber que me habéis resuelto la duda. Gracias 😉

  • […] Además de que no van a estar en la calidad apropiada, podrías estar atentando contra los derechos de autor. No puedes usar sin juicio y sin límites todo lo que encuentres en la […]

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